10-07-08, 9:21 am

“Las instituciones ecuménicas y las religiones presentes en Cuba, gozan de las libertades y las garantías constitucionales esenciales para su buen funcionamiento y para el logro de sus objetivos. Además, disfrutan de las facilidades que, a tenor de aquellas, asegura el Estado cubano en medio de las dificultades materiales que impone el bloqueo comercial, económico y financiero de Estados Unidos al pueblo de Cuba, que atenta contra el más elemental de los derechos humanos, el derecho a la vida.”


Tal es la esencia de la evaluación realizada por el “foro ínter-religioso para el diálogo constructivo y el análisis de preocupaciones comunes” convocado por el Consejo de Iglesias de Cuba, con la participación de representantes de sus instituciones miembros, a los que se sumaron los de la institución religiosa Asociación Cultural Yoruba de Cuba, la asociación Soka Gakkai de la República de Cuba, el Centro Hebreo Sefardí de Cuba y la Liga Islámica de Cuba.


El evento tuvo lugar en la iglesia catedral de La Santísima Trinidad
(episcopal) de La Habana, Cuba, el día 2 de octubre de 2008.


Los religiosos cubanos debatieron acerca del informe anual correspondiente al 2008 de la Comisión sobre Libertad Religiosa Internacional del Departamento de Estado estadounidense, en el que se menciona nuevamente a Cuba entre los países violadores de la libertad religiosa.


Esa comisión está compuesta por nueve 9 personas, tres de ellas designadas por el Presidente de los EEUU, tres por el Senado y otras tres por la Cámara de Representantes.


La comisión gubernamental estadounidense no investiga sobre el respeto a la libertad de credo dentro de Estados Unidos, donde se conoce que iglesias, instituciones religiosas y organizaciones ecuménicas sufren restricciones para el ejercicio de sus vínculos con sus similares de otras partes del mundo, como sucede en el caso de sus nexos con las organizaciones religiosas, las iglesias y los creyentes de Cuba.


Tampoco se preocupa por las presiones que se aplican a las instituciones religiosas para manipularlas políticamente, como las que les impone una ley federal con más de 50 años de existencia en virtud de la cual las organizaciones religiosas que acepten contribuciones deducibles de los impuestos no pueden involucrarse en asuntos políticos, so pena de perder el derecho a beneficiarse de la exención de impuestos, algo que constituye una violación de la Primera Enmienda a la Constitución, la llamada a garantizar, entre otras, las libertades de religión y de expresión.


En declaraciones formuladas con motivo de la presentación del informe de la Comisión, la secretaria de Estado, Condoleeza Rice, criticó la práctica de difamar a las religiones, “pero hizo caso omiso de las reiteradas declaraciones calumniosas contra el Consejo de Iglesias de Cuba y sus instituciones miembros que han hecho los informes de la llamada Comisión para aydar una Cuba libre – impulsada por el presidente Bush – las que están contenidas, curiosamente con el mismo enunciado, en el informe de la “independiente” Comisión sobre Libertad de Culto Internacional.”


Las organizaciones religiosas cubanas acusan tanto al gobierno
estadounidense como a la Comisión, de pretender “denigrar y desacreditar al Consejo de Iglesias de Cuba y a sus instituciones miembros, en especial a las iglesias cubanas históricas, así como a la Institución Religiosa Asociación Cultural Yoruba de Cuba, para debilitar a la sociedad cubana.


Se pronuncian también los creyentes cubanos contra el mecanismo de la Secretaría del Tesoro para autorizar licencias a religiosos norteamericanos para viajar a Cuba, así como las visas que la Secretaría de Estado otorga a religiosos cubanos para viajar a Estados Unidos, “que no son para facilitar el intercambio entre las iglesias y las instituciones religiosas y ecuménicas en Estados Unidos y en Cuba, sino para impedir o restringir los viajes y controlar y decidir quién puede viajar y quienes no, lo que, además de ser una violación de los derechos de los ciudadanos norteamericanos, es una ofensa a las tradicionales relaciones fraternales entre nuestros pueblos y organizaciones religiosas”.


La declaración de los creyentes antillanos hace notar que la Comisión estadounidense al criticar como una limitación a la libertad de cultos el deber legal de las instituciones religiosas cubanas de inscribirse en un registro gubernamental -lo que constituye una práctica jurídica en Cuba desde 1888- obvia que en Estados Unidos las iglesias e instituciones religiosas y ecuménicas tienen que estar reconocidas como corporaciones, mediante engorrosos requisitos, para poder tener representación jurídica y beneficiarse de los derechos que la ley les otorga.


Como una muestra de ignorancia califican los devotos cubanos la acusación de que el gobierno de la isla solamente permite la boda religiosa si la boda civil la precede, cuando son precisamente las iglesias las que lo exigen desde principios del siglo XX, cuando en Cuba se reconoció solo la boda civil como legalmente válida.